Procédure collective
INMAPLAST SL
CIF B07236375Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 12/03/2019 → 07/04/2022
- Procédure
- 1253/2018
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal07/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 1253/2018Ordonnance 14/02/2022
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal07/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 1253/2018Ordonnance 14/02/2022
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso07/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 1253/2018Ordonnance 14/02/2022
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso12/03/2019⚖️ PALMA DE MALLORCAOrdonnance 05/02/2019
Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: 1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 1253/16 y NIG nº 07040 47 1 2018 0003350 se ha dictado en fecha 5 de febrero de 2019 auto de declaración de Concurso Voluntario Ordinario y apertura de la fase de liquidación del deudor Inmaplast S.L. con CIF B-07236375. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3º.- Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal. 4º.- Que la entidad Sm Administracion Concursales S.L. designada como Administrador Concursal aceptado el cargo en fecha 18 de febrero de 2018. 5.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal avda. Joan Marc 8 2-2 Palma o dirección de correo electrónico [email protected] en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 6.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 18 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.