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Procédure collective

INMO HOUSE LEVANTE SL

CIF B30767024Voir la fiche société

Publications
216/03/201513/07/2015
Procédure
91/2015
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal13/07/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 91/2015Ordonnance 25/06/2015

    D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia: 1.- Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 91/2015 de INMOHOUSE, S.L., con CIF B-30.767.024 se ha dictado el 25 de junio de 2015 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y par que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 25 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.

  2. Declaración de concurso16/03/2015
    ⚖️ MURCIAProc. 91/2015Ordonnance 02/03/2015

    Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretario/a judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 91/2015 y NIG n.º 30030 47 1 2015/0000203 se ha dictado en fecha 2 de marzo de 2015 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Inmo House Levante, S.L., con CIF B-30767024, cuyo domicilio social lo tiene en C/ Cartagena de Indias, n.º 29, Cartagena 30203 (Murcia) 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Ha sido nombrado Administrador concursal la sociedad Abogados y Economistas Administradores Concursales de Murcia, S.L.P., con CIF B-73732315, con domicilio profesional en calle Carril de la Condomina, n.º 3, 7.ª E, Murcia 30006, Murcia, teléfono 968214437, fax 968223219, y dirección de correo electrónica [email protected]. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La concursada ha solicitado la liquidación. Habiéndose acordado su tramitación conforme lo establecido en el art. 142. 6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 4 de marzo de 2015.- Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.