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Procédure collective

INMOBILIARIA LAS OLAS REAL STATE SL

CIF B39602636Voir la fiche société

Publications
321/05/201201/10/2016
Procédure
102/2012

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso01/10/2016
    ⚖️ SANTANDERProc. 102/2012Ordonnance 21/09/2016

    EDICTO D./Dª. María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil nº 1 de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia Concurso ordinario nº 102/2012 se ha acordado por Auto de fecha 21 de septiembre de 2016, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa de la concursada INMOBILIARIA LAS OLAS REAL STATE, S.L., con C.I.F. nº B-39602636, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la administración concursal. 5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. 6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica INMOBILIARIA LAS OLAS REAL STATE, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 21 de septiembre de 2016.- Secretario judicial.

  2. Apertura de liquidación17/11/2012
    ⚖️ SANTANDEROrdonnance 23/10/2012

    Edicto. Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santander, Hago saber: 1. Que en el procedimiento concursal 0102/12, por auto de fecha 23 de octubre de 2012 se ha acordado la apertura de la fase de liquidación en el concurso de la deudora "Inmobiliaria Las Olas Real State, S.L.", con CIF número B-39602636, y con domicilio en Puente San Miguel, ayuntamiento de Reocin, calle La Teja, número 193. 2. Durante la fase de liquidación quedaran en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC. 3. De conformidad con el artículo 145.3 LC se declara la disolución de "Inmobiliaria Las Olas Real State, S.L.", así como el cese de sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4. Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones. 5. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. Santander, 23 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal21/05/2012
    ⚖️ SANTANDEROrdonnance 18/04/2012

    Edicto María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil numero uno de Santander. Hago saber: 1. Que en el procedimiento concursal 0000102/2012, por auto de fecha 18 de abril de 2012, se ha declarado en concurso al deudor Inmobiliaria Las Olas Real State, Sociedad Limitada con C.I.F. número B-39602636, y con domicilio en Puente San Miguel, Ayuntamiento de Reocin, Urbanización San Miguel, calle La Teja, numero 193 (Cantabria). 2. Que el deudor tiene suspendidas las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, quedando sustituido en su ejercicio por la administración concursal. 3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y como publicidad complementaria en la página web del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. 4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). 5. Que ha sido nombrado Administrador concursal doña María Luz Gutiérrez Morlote, DNI 13728178 F, con domicilio en plaza de los Remedios, numero cuatro segundo derecha de Santander, teléfono 942364182 número de fax 942365175, correo electrónico [email protected] Santander, 4 de mayo de 2012.- La Secretaria.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.