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Procédure collective
INMOBILIARIA ROCFORT SL
CIF B08314502Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 09/01/2013 → 09/01/2013
- Procédure
- 660/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal09/01/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 660/2012Ordonnance 29/11/2012
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y Provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 660/2012 en el que ha dictado con fecha 22/11/2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Inmobiliaria Rocfort, S.L., con CIF B08314502 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019 – 47 – 1 – 2012 – 8002524. Tipo de concurso: ordinario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Inmobiliaria Rocfort, S.L., con domicilio en C. Igualada, 35, Baixos 08222 Terrassa ( Barcelona). Administrador concursal: Don Jaume Alonso-Cuevillas Sayrol, con domicilio, C. París, 205, 4, 08036 Barcelona ( Barcelona). Trinitat Roig Farran Av. Diagonal, 604, 4-2, 08021 Barcelona (Barcelona), ambos con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como lo relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, característica y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 29 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.