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Procédure collective
INSERGE HISPANIA, S.L
CIF B19279363Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 17/09/2016 → 14/10/2021
- Procédure
- 414/2016
- Tribunal
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE GUADALAJARA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal14/10/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE GUADALAJARA Proc. 414/2016Ordonnance 15/09/2021
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal14/10/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE GUADALAJARA Proc. 414/2016Juge : JOSE JULIAN NIETO AVELLANEDOrdonnance 15/09/2021
Se declara la conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso de LUIS AGUIRRE CEBRIAN con NIF 17173495V. Se declara cese de las limitaciones de la facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora existentes.
- Conclusión del concurso14/10/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE GUADALAJARA Proc. 414/2016Juge : NO CONSTA NO CONSTAOrdonnance 15/09/2021
CONSTANCIA COMUNICACION INICIO NEGOCIACIONES
- Declaración de concurso17/09/2016⚖️ GUADALAJARAOrdonnance 04/07/2016
Don José Alfredo Rodríguez Nuño, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara. Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 414 /2016 y NIG nº 19130 42 1 2016 0003800, se ha dictado en fecha 4 de julio de 2016 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor INSERGE HISPANIA SL, con CIF Nº B-19279363, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Toledano nº 32 Villanueva de la Torre (Guadalajara). 2º.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de Administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de éstas a la intervención de la Administración Concursal mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como Administración concursal a la Entidad ALHOS CONCURSALES, S.L.P., con domicilio postal en Madrid, C/ Príncipe de Vergara, nº 263, 1ª D, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". Guadalajara, 19 de julio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.