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Procédure collective

INSTAGUIR SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95461737Voir la fiche société

Publications
221/12/201124/11/2012
Procédure
799/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia)

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación24/11/2012
    ⚖️ BILBAOProc. 799/2011Ordonnance 15/10/2012

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 799/2011, referente al concursado Instaguir, S.L., con DNI B95461737, por auto de fecha 15/10/2012 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la Mercantil, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 15 de octubre de 2012.- El/La Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal21/12/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia)Proc. 799/2011Ordonnance 24/11/2011

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 799/2011, por auto de 24 de noviembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Instaguir, S.L., con Nif B95461737, con domicilio en Calle General Eraso n.º 1 1.ª 48014 Bilbao (Bizkaia) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao (Bizkaia). 2.º Que del deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos del Letrado (artículo 184.3 LC) Bilbao, 24 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.