AccueilJusticeINSULAR DE MATERIALES DE CONSTRUCCION SOCIEDAD ANONIMA

Procédure collective

INSULAR DE MATERIALES DE CONSTRUCCION SOCIEDAD ANONIMA

CIF A35029743Voir la fiche société

Publications
313/02/201008/01/2024
Procédure
29/2009 · 1/2010 · 3/2009
Tribunal
Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Las Palmas de Gran Canaria

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso08/01/2024
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 29/2009Juge : GUILLERMO FERNANDEZ GARCIAOrdonnance 12/12/2023

    Se declara la conclusion del concurso de "Insular de Materiales de la Construcción S.A." por finalización de la liquidación y se acuerda aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.

  2. Otro acto concursal25/02/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 1/2010Ordonnance 18/02/2010

    Edicto Cédula de notificación D/ña. Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Las Palmas, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal n.º 1/2010, seguido a instancias del Procurador/a Don/ña. Ana Teresa Kozlowski Betancor, en nombre y representación de Insular de Materiales de Construcción, S.A. con CIF A-35029743, se ha dictado auto de fecha 18 de febrero de 2010, en cuya parte dispositiva contiene el tenor literal siguiente: Dispongo: Se acuerda la acumulación del presente procedimiento concursal seguido a instancia de la entidad Insular Materiales de Construcción, S.A., representada por la Procuradora Dña Teresa Kozlowski Betancor, al procedimiento concursal que se sigue en este mismo Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Las Palmas de Gran Canaria con núm. 29/09 de la concursada Goriscamp Construcciones, S.L., con CIF B35333756. Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento Conforme a la DA 15 de la LOPJ, introducida por la LO 1/09, para el anuncio o la preparación o la interposición del recurso de apelación, será precisa la consignación como deposito de 50 euros, en la "Cuenta de Depósitos y Consignaciones" abierta a nombre del Juzgado (para este Procedimiento: 4663 0000 02 0001 10), en la entidad Bancaria Banesto, y acreditarlo documentalmente ante este tribunal, aportando copia del resguardo de ingreso; el depósito no deberá consignarse cuando el recurrente sea beneficiario de Justicia Gratuita, Ministerio Fiscal, Estado, Comunidad Autonoma, Entidad Local u Organismo autónomo dependiente. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo deposito no esté constituido. Cuando puedan realizarse ingresos simultáneos por la misma parte procesal, deberá realizar dos operaciones distintas de imposición, indicando en el concepto el tipo de recurso de que se trate en cada caso. Si por una misma parte se recurriera simultáneamente más de una resolución que pueda afectar a una misma cuenta expediente, deberá realizar tantos ingresos diferenciados como resoluciones a recurrir, indicando el tipo de recurso de que se trate y la fecha de la resolución objeto de recuros en formato dd/mm/aaaa en el campo de observaciones. Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe. El/La Magistrado-Juez Y para que sirva de notificación mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación en el Boletín Oficial, extiendo y firmo la presente en Las Palmas de Gran Canaria, 18 de febrero de 2010.- Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso13/02/2010
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 3/2009Ordonnance 04/02/2010

    Edicto. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Las Palmas, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 0000001/2010, seguido a instancias del Procuradora doña Ana Teresa Kozlowski Betancor, en nombre y representación de Insular de Materiales de Construcción S.A. con CIF A-35029743, se ha dictado Auto el día 3 de febrero de dos mil diez, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Insular de Materiales de Construcción, S.A. con CIF A-35029743, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Se designan como Administradores del concurso a: Don César Cervera Cantón, como Abogado. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Don Carlos Martínez Uceda Calatrava, Magistrado-Juez Teresa Hernández Rivero.- Secretario.- Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 4 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.