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Procédure collective

INTELLISYS AUTOMATION SL

CIF B63252159Voir la fiche société

Publications
204/04/201708/06/2020
Procédure
16/2017
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso08/06/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de BarcelonaProc. 16/2017Ordonnance 30/04/2019

    Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona, Hago saber que: En el Concurso voluntario nº 16/2017-D se dictó Auto en fecha 30 de abril de 2019 por el que se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad INTELLISYS AUTOMATION, S.L.U., con CIF nº B-63252159. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 30 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.

  2. Otro acto concursal04/04/2017
    ⚖️ BARCELONAProc. 16/2017Ordonnance 14/02/2017

    Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Adm. de justicia del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2016-8005974 y n.º 16/2017-D se ha declarado el concurso voluntario de fecha 23-1-2017 de la entidad Intellisys Automation, S.L.U., con CIF n.º B-63252159 y domicilio en el Polígono Industrial Calle C, Parcela 4 s/m de Cabrils (08348) -Barcelona-, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. La Administradora Concursal es D.ª Cristina Alonso Suárez, con domicilio en Rambla Cataluya, n.º 57, 3.º Pla., de Barcelona (08007) y correo electrónico [email protected] Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursal deberá poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Rambla Catalunya, n.º 57, 3.º Pla., de Barcelona (08007), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de entidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de la adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derechas a que afecte y, en su caso los datos registrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuentas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya aportado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designado abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 14 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.