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Procédure collective

INTERHOUSE EUROPA SL

CIF B73207755Voir la fiche société

Publications
505/12/201516/02/2022
Procédure
708/2015 · 2015/0001
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA · MERCANTIL - 1 · Jdo de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal16/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 708/2015Ordonnance 13/01/2022

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal16/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 708/2015Ordonnance 13/01/2022

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso16/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 708/2015Ordonnance 13/01/2022

    Auto de conclusión de concurso

  4. Otro acto concursal20/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 708/2015Juge : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAOrdonnance 30/11/2018

    SENTENCIA CALIFICACION CONCURSO CULPABLE

  5. Declaración de concurso05/12/2015
    ⚖️ Jdo de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 2015/0001Ordonnance 13/11/2015

    D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Jdo de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º Sección I Declaración Concurso 00000708/2015 y NIG 30030 47 1 2015/0001591, se ha dictado en fecha 9/11/2015 Auto de Declaración de Concurso Necesario Abreviado del deudor Interhouse Europa, S.L. con CIF nº B-73.207.755 y con domicilio en Polígono Industrial de Lorqui (Murcia), C/ Nuevos accesos parcela 9-A instado por Laura Gambia García. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los deudores por la administración concursal nombrada, las que serán sometidas a su autorización y conformidad. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (Art. 184.3 Ley Concursal). 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal [email protected] 6º.- Que ha sido nombrado Administrador Concursal el economista D. José Antonio Cano Reyes, con D.N.I nº. 27.458517J y domicilio profesional en Carril de la Condesa, nº 58, edificio torre proconsa oficina 690 Murcia), teléfono 968 078919, fax 902104706 y email administració[email protected], habiendo aceptado el cargo en fecha 13/11/2015. Murcia, 13 de noviembre de 2015.- Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.