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424/04/201016/09/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso16/09/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteOrdonnance 02/09/2013

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado – 000042/2010-k sobre declaración de concurso de la mercantil Interzam XXI S.L., con domicilio en calle Bergantin, 2 bajo, El Altet- Elche y CIF número B-53759908, se ha dictado auto de fecha 2-9-13, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Acuerdo: 1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa. 2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. 3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal. 5.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. Modo de impugnación: No cabe recurso alguno. Así, por este Auto, lo pronuncia, manda y firma don Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe. El Magistrado-Juez.-La Secretaria." Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente en Alicante, 2 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso16/06/2011
    ⚖️ ALICANTEOrdonnance 31/05/2011

    Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000042/2010 - D sobre declaración de concurso de la mercantil Interzam XXI, S.L., con domicilio en Calle Bergantín, 2 bajo El Altet - Elche y CIF número B-53759908, se ha dictado auto de fecha 31-05-11, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "...Acuerdo: 1.- Autorizar la venta directa de plaza de garaje nº 8 del sótano 1 del edificio Brisa II de El Altet, sito en la calle la Niña, nº 12 por 5.000 euros más IVA a doña Blanca Ruescas Ibáñez sin perjuicio de que si dentro de los diez días siguientes al último de los anuncios se presentare mejor postor, se abrirá licitación entre todos los oferentes y se acordará la fianza que hayan de prestar para licitar. 2.- Dar cuenta una vez transcurra el plazo sin haberse presentado licitadores que mejoren la postura o en el caso de que se presenten. 3.- Expedir edicto de venta directa de bien afecto a crédito privilegiado especial para su publicación en Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 155.4 de la Ley Concursal, preferentemente por vía telemática tal y como establece el artículo 23.3 de la Ley Concursal. Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal..." Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Alicante, 31 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso08/03/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteOrdonnance 16/02/2011

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000042/2010 - D sobre declaración de concurso de la mercantil Interzam XXI, S.L., con domicilio en calle Bergantín, 2, bajo, El Altet - Elche y CIF número B-53759908, se ha dictado Auto de fecha 15-02-2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "...1.- Se acuerda poner fin a la fase común. 2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo en caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC. 6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. 8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC. 9.- Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal. Comuníquese esta resolución en los Incidentes Concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, a efectos de que el interesado pueda interponer el recurso de reposición diferido a este momento..." Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Alicante, 16 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.

  4. Declaración de concurso24/04/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteOrdonnance 31/03/2010

    Edicto. Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Proc. Concursal Abreviado 000042/2010-D sobre declaración de concurso de la mercantil Interzam XXI S.L. con domicilio en Calle Bergantín, 2 Bajo El Altet-Elche y C.I.F. número B-53759908, se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el art. 74 L.C, y se ha dictado Providencia de fecha 31-3-10, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: - Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de Diez dias, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el B.O.E., ello conforme al art. 96 LC que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art.194 y sgs. LC). Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente. Alicante, 31 de marzo de 2010.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.