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Procédure collective
INVERFERMA SL EN LIQUIDACION
CIF B33227190Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 22/08/2013 → 28/03/2015
- Procédure
- 182/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal28/03/2015⚖️ OVIEDOOrdonnance 22/07/2014
Edicto Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 182/13 (NIG 33044 47 1 2013 0000327), relativo a Inverferma, S.L., con CIF B-33227190, en el cual, con fecha 22/07/14, se dictó Auto acordando formar la sección sexta, estableciendo que desde la última publicación del referido Auto, el cual se ordena publicar mediante edicto a publicar en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, tendrá un plazo de diez días para personarse y ser parte en la mencionada sección sexta. Oviedo, 22 de julio de 2014.- La Secretaria.
- Otro acto concursal21/12/2013⚖️ OVIEDOProc. 182/2013Ordonnance 12/11/2013
Edicto D.ª M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 182/2013 (N.I.G. 33044 47 1 2013 0000327) relativo a Inverferma S.L., con C.I.F. B-33227190, en el cual con fecha 12 de noviembre de 2013, se ha dictado providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento, se computará desde la última publicación de este edicto, que se ha acordado realizar en ese diario y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. Oviedo, 28 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal22/08/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de OviedoOrdonnance 30/07/2013
Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000182/2013 y NIG n.º 33044 47 1 2013 0000327, se ha dictado en fecha 30 de julio de 2013 Auto declarando en concurso voluntario y abreviado al deudor Inverferma, S.L., con CIF B33227190, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Oviedo, calle Marqués de Santa Cruz, n.º 12, bajo. 2º.- Se ha nombrado administrador concursal a Jesús Sanmartín Mariñas, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Avenida de los Telares, n.º 17, entresuelo, Avilés, CP 33401, y la siguiente dirección electrónica: [email protected] pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado. El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: De lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas y de lunes a jueves de 16:00 horas a 19:00 horas. Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal. 3º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad. Oviedo, 1 de agosto de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.