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Procédure collective
INVERSIONES TOLECAMPO SL
CIF B45522174Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 25/10/2014 → 06/02/2025
- Procédure
- 254/2014
- Tribunal
- 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 Y DE LO MERCANTIL DE TOLEDO 1 · Mercantil - 1
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal06/02/2025⚖️ 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 Y DE LO MERCANTIL DE TOLEDO 1Proc. 254/2014Juge : Florencio Molina LopezOrdonnance 20/12/2024
ACUERDO: Acuerdo la CONCLUSION del concurso de Montse Moré Poch, cesando todos los efectos de la declaración del concurso. Cese en su cargo el administrador concursal, aprobándose las cuentas formuladas.
- Conclusión del concurso06/02/2025⚖️ 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 Y DE LO MERCANTIL DE TOLEDO 1Proc. 254/2014Juge : EDUARDO ENRECH LARREAOrdonnance 20/12/2024
AUTO DECLARACIÓN CONCURSO
- Conclusión del concurso14/01/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 254/2014Juge : ANA MARIA MARTIN-NIETO MARTINOrdonnance 20/12/2024
AUTO DE CONCLUSION Y ARCHIVO
- Otro acto concursal06/07/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 254/2014Juge : ANNA BLASCO SOLEROrdonnance 21/11/2022
INFORME RENDICION DE CUENTAS ADMINISTRADOR CONCURSAL
- Declaración de concurso25/10/2014⚖️ TOLEDOProc. 254/2014Ordonnance 21/10/2014
Doña MARÍA JESÚS GRACIA GUERRERO, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 254/2014 y NIG n.º 45168 41 1 2014 0017003, se ha dictado en fecha 21/10/2014 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Inversiones Tolecampo, S.L., con CIF n.º B45522174, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Toledo, paseo de la Rosa, núm. 108, 45006. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a la entidad Técnicos Concursales, S.C., con domicilio postal en Toledo, calle Méjico, n.º 6, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la administración concursal a través del Juzgado. Toledo, 21 de octubre de 2014.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.