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Procédure collective
INVERSIONES Y PROYECTOS COLISEUM SL
CIF B35720820Voir la fiche société →
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- 6 — 27/03/2018 → 04/02/2021
- Procédure
- 189/2017 · 22/2003
- Tribunal
- MERCANTIL - 2 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso04/02/2021⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAOrdonnance 27/11/2020
Dña. Elena Luri Rodríguez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000189/2017, se ha dictado en fecha 27 de noviembre de 2020 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil Inversiones y Proyectos Coliseum, S.L., con CIF B35720820, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: 1.- Declarar la conclusión del concurso de la deudora Inversiones y Proyectos Coliseum, S.L., con CIF B-35720820. 2.- Archivar las actuaciones. 3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo devolver en el plazo de cinco días la credencial que le habilita como tal. 6.- La extinción de la entidad la concursada Inversiones y Proyectos Coliseum S.L. debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda. 7.- Dar la publicidad del artículo 482 del TRLC publicándose en el Registro público concursal y en el Boletín Oficial del Estado por medio de edicto. 8.- Dar la publicidad registral necesaria a cuyo efecto líbrese el respectivo mandamiento al Registro Mercantil de Las Palmas para la anotación de la presente resolución. La concursada figura inscrita Tomo 1.614 General de la Sección 8ª de Sociedades, folio 223, hoja GC-28814, inscripción 1ª. Entreguese al procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo de acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la anotación del mandamiento en el término de diez días. 9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, llévese testimonio de la presente resolución a la sección segunda para su constancia. 10.- Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es firme. Las Palmas de Gran Canaria, 31 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.
- Conclusión del concurso31/01/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 189/2017Juge : GUILLERMO FERNANDEZ GARCÍAOrdonnance 27/11/2020
AUTO DE CONCLUSION POR INEXISTENCIA DE BIENES
- Otro acto concursal30/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 189/2017Juge : AIDA MARIA DE LA CRUZ Y DE LA TORREOrdonnance 27/11/2020
Concluir el presente procedimiento concursal.Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.Se concede a la concursada, con carácter provisional, el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho
- Otro acto concursal30/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 189/2017Juge : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAOrdonnance 27/11/2020
CONCLUSION
- Conclusión del concurso30/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 189/2017Juge : SOLEDAD CABEZAS FERNANDEZOrdonnance 27/11/2020
Debo declarar y declaro a los deudores Ester Berlanga Martínez y Jorge Mota Vicens, ambos con domicilio en calle Agricultura 106, 5º 1ª de Sabadell (Barcelona)-08208, en situación de concurso consecutivo
- Declaración de concurso27/03/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Ordonnance 07/06/2017
Edicto D./Dña. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, Se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000189/2017, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. MARÍA SOLEDAD GRANDA CALDERIN, en nombre y representación de INVERSIONES Y PROYECTOS COLISEUM, S.L., se ha dictado Auto el día 7 de junio de 2017, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de INVERSIONES Y PROYECTOS COLISEUM, S.L. con CIF n.º B35720820, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. JOSÉ MANUEL SANTANA ROSA, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Avda. de Canarias, n.º 8, planta baja (entrada por la calle privada trasera), edificio Tucán y código postal 35214, teléfono 633-44.97.97 y fax 928-39.16.69, así como Dirección electrónica [email protected]. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 23 de marzo de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.