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Procédure collective
INVESPICAR SL EN LIQUIDACION
CIF B83528737Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 19/12/2012 → 08/04/2024
- Procédure
- 555/2012
- Tribunal
- Mercantil - 5 · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso08/04/2024⚖️ Mercantil - 5Proc. 555/2012Juge : MOISES GUILLAMON RUIZOrdonnance 03/04/2024
Auto de conclusión y archivo
- Apertura de liquidación01/03/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridOrdonnance 10/02/2014
Edicto Doña M.C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, Hago saber: Que en el procedimiento concursal n.º 555/12 del deudor INVESPICAR, S.L., C.I.F. n.º B-83528737, se ha presentado el informe de la administración concursal. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa. Dentro del plazo de diez días, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en estrados, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de abogado y procurador. Asimismo en dicho procedimiento concursal recayó resolución de fecha 10 de febrero de 2014, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se cierra la fase común y se abre la fase de liquidación". "Se declara disuelta la mercantil concursada INVESPICAR, S.L. y durante la fase de liquidación continuaran en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio". Madrid, 11 de febrero de 2014.- Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal23/02/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridOrdonnance 30/01/2013
Edicto Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Necesario n.º 555/12, en el que recayó Auto de fecha 30 de enero de 2013, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: Se declara en Concurso Necesario Ordinario a Invespicar, S.L., con C.I.F. B-83528737. Se acuerda la suspensión de las facultades del deudor. Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal don Isaías González García, mediante comunicación dirigida a calle Monasterio de las Batuecas, 18, P.D. 3.º B, de Madrid 28049, o por correo electrónico a [email protected] la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado. Se requiere al deudor Invespicar, S.L., para que presente en el Juzgado en el plazo de 10 días a contar desde la publicación del presente edicto, los documentos enumerados en el art. 6 de la Ley concursal. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 6 de febrero de 2013.- Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso19/12/2012⚖️ MADRIDOrdonnance 05/12/2012
Edicto La Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid: doña M. C. Sanz, anuncia: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, calle Gran Vía, 52, se tramita concurso necesario número 555/12 contra la mercantil deudora Invespicar, S.L., en el que se ha dictado resolución con fecha 5 de diciembre de 2012, en la que constan los siguientes particulares: "Habiendo resultado negativa la notificación y emplazamiento efectuado a la sociedad deudora Invespicar, S.L., con CIF número B-835287378 en el domicilio indicado por los instantes del concurso, emplácese a dicha sociedad mediante edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios del Juzgado, por plazo de cinco días desde la publicación de la presente resolución, para que pueda formular oposición a la solicitud de declaración de concurso necesario, proponiendo los medios de prueba de los que intente valerse, estando a su disposición las actuaciones en la Secretaría de este Juzgado para consulta y estudio." Se faculta al Procurador de la instante don Javier Alvarez Diez para que cuide de su diligenciado. Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado y sirva de notificación y emplazamiento a la mercantil Invespicar, S.L., expido el presente. Madrid, 5 de enero de 2012.- La Secretaria judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.