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Procédure collective

ITURGITXI SOCIEDAD LIMITADA

CIF B48709232Voir la fiche société

Publications
517/02/202003/03/2021
Procédure
233/2020
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal03/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 233/2020Juge : JUAN PABLO RINCON HERRANDOOrdonnance 17/02/2021

    APROBACION PLAN LIQUIDACION Y APERTURA SECCION SEXTA

  2. Otro acto concursal23/02/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 233/2020Ordonnance 17/02/2021

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 233/2020 en el que figura como concursada Iturgitxi, S.L., CIF B48709232, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y de disposición del deudor y el cese de la Administración Concursal. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao, 17 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.

  3. Otro acto concursal16/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 233/2020Juge : MARTA ARAGÓN ARRIOLAOrdonnance 17/02/2021

    En el procedimiento 452/2020, por Auto de 14.9.2020 se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Alfarajo, S.L. con CIF B04762910, domicilio avda. de los Ángeles, 7, 04008 Almería, y simultáneamente la conclusión del concurso

  4. Conclusión del concurso16/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 233/2020Juge : RAFAEL YANGÜELA CRIADOOrdonnance 17/02/2021

    Auto acordando apertura fase liquidación

  5. Apertura de liquidación17/02/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de BilbaoProc. 233/2020Ordonnance 07/02/2020

    El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LCon ), Anuncia 1º.- Que en el procedimiento número 233/2020, NIG nº 48.04.2-20/003985, por auto de 07/02/2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Iturgitxi S.L., con CIF B48709232, con domicilio en Calle Itxe Bidea nº 12- Berango y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Berango ( Bizkaia ). La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3º.- Que la administración concursal está integrada por D. Eduardo Cobanera Altuna, Domicilio: Campo Volantín nº 22 - 1º Dcha., 48007-Bilbao, Tfno: 946-008-680, Fax: 946-008-680 Correo electrónico:[email protected] 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LCon. El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado ( artículo 184.3 LC ). 6º.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 7 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.