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Procédure collective

J. J. BAIXAULI 2017 SL

CIF B98919921Voir la fiche société

Passif 246.756 €Actif 80.000 €
Publications
710/07/202410/07/2026
Procédure
681/2022
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA · Mercantil - 2

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso10/07/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 681/2022Juge : MARTA GARCIA FERNANDEZOrdonnance 30/07/2024

    AUTO DE CONCLUSIÓN DEL CONCURSO

  2. Otro acto concursal07/07/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 681/2022Juge : EMILIO MOLINS AURIAOrdonnance 09/11/2022

    TEXTOS DEFINITIVOS del informe del inventario de bienes y derechos y de la lista de acreedores, presentados por la administración concursal. Conforme a artículo 304 de la Ley Concursal queden de manifiesto en la Secretaría del Juzgado

  3. Otro acto concursal07/07/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 681/2022Ordonnance 09/11/2022

    Nombramiento de Administrador concursal

  4. Declaración de concurso07/07/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 681/2022Juge : EMILIO MOLINS AURIAOrdonnance 09/11/2022

    TEXTOS DEFINITIVOS del informe del inventario de bienes y derechos y de la lista de acreedores, presentados por la administración concursal. Conforme a artículo 304 de la Ley Concursal queden de manifiesto en la Secretaría del Juzgado

  5. Declaración de concurso07/07/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 681/2022Juge : DIANA CORREDERA BERMUDEZOrdonnance 09/11/2022

    Declarar a la deudora Doña IRIS GARCÍA DÍAZ con DNI 71.776.219-G c en situación de CONCURSO CONSECUTIVO. La apertura de la fase de liquidación.

  6. Conclusión del concurso08/10/2024
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 681/2022Juge : JACINTO TALENS SEGUIOrdonnance 30/07/2024

    CONCLUSION CONCURSO

  7. Otro acto concursal10/07/2024
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 681/2022Juge : JACINTO TALENS SEGUIOrdonnance 27/06/2024

    TRASLADO ACREEDORES PERSONADOS ESCRITO RENDICION DE CUENTAS

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.