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Procédure collective

JARPYO EDITORES SL

CIF B28486686Voir la fiche société

Publications
303/01/201708/01/2020
Procédure
769/2016
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal08/01/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 12 de MadridProc. 769/2016Ordonnance 17/12/2019

    EDICTO Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1º.- Que en el procedimiento Concurso ordinario 769/2016, por auto de fecha 17 de diciembre de 2019, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de la mercantil JARPYO EDITORES, S.L., con CIF B28486686, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 17 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Espinosa Navarro.

  2. Apertura de liquidación08/07/2017
    ⚖️ MADRIDProc. 769/2016Ordonnance 21/06/2017

    D. LUIS ESPINOSA NAVARRO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil 12 de Madrid, Hace saber: 1.- Que el concurso Concurso Abreviado 769/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0187158, por auto de fecha 19/12/2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a JARPYO EDITORES SL, con n.º de indentificación B28486686, y domiciliado en Avda Concha Espina nº 9-1ª derecha, cp 28016-Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Adminitración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es José Antonio Granados Davila, con domicilio postal en C/ Paseo de Extremadura, nº 254, Local 24, CP 28034-Madrid, y la dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Lilquidación de su patrimonio y que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación en los terminos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 21 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  3. Apertura de liquidación03/01/2017
    ⚖️ MADRIDProc. 769/2016Ordonnance 19/12/2016

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el Concurso Abreviado 769/2016, con número de identificación general del procedimiento 28.079.00.2-2016/0187158, por auto de fecha 19/12/2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado a JARPYO EDITORES, S.L., con n.º de identificación B28486686, y domiciliado en Avda. Concha Espina, n.º 9, 1ª derecha, CP 28016 Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es José Antonio Granados Davila, con domicilio postal en paseo de Extremadura, n.º 254, local 24, CP 28034 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la liquidación de su patrimonio y que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 19 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.