Procédure collective
JERELUZ SA
CIF A11613692Voir la fiche société →
- Publications
- 7 — 19/10/2020 → 11/01/2024
- Procédure
- 401/2020
- Tribunal
- Mercantil - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso11/01/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 401/2020Juge : Ana Marín HerreraOrdonnance 08/11/2023
Auto de conclusión del concurso de la mercantil Jereluz S.A.
- Otro acto concursal14/09/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 401/2020Juge : ANA MARIN HERREROOrdonnance 04/09/2023
RENDICION CUENTAS
- Otro acto concursal11/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ Proc. 401/2020Juge : MARTA DONET CASALOrdonnance 30/07/2020
SE APRUEBA EL PLAN PARA LA REALIZACION DE LOS BIENES Y DERECHOAS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO.
- Otro acto concursal11/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ Proc. 401/2020Juge : MARTA DONET CASALOrdonnance 24/09/2020
SE APRUEBA EL PLAN PARA LA REALIZACION DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO, QUDADNO DE MANIFIESTO EN LA SECRETARIA
- Apertura de liquidación22/12/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 401/2020Juge : ANA MARIN HERREROOrdonnance 07/12/2021
DECRETO APERTURA FASE DE LIQUIDACION
- Declaración de concurso03/08/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ Proc. 401/2020Juge : (LAJ) JOSE VICTOR SANZ GORDONOrdonnance 30/07/2020
SE DICTA AUTO FIRME DE CONCLUSIÓN DEL CONCURSO SIN PERJUICIO DE SU POSIBLE REAPERTURA EN CASO DE APARICIÓN DE NUEVOS BIENES
- Otro acto concursal19/10/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de CádizOrdonnance 30/07/2020
EDICTO DonAlfredo Fernández Rienda, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.1 del TRLC, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 401/20 con NIG 1101242120200003879 por auto de 30 de julio de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Jereluz, S.L., con CIF A11613692 y domicilio en calle Magnesio nº 27 (Polígono Industrial Autopista) de Jerez de la Frontera. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el articulo 255 del TRLC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido don Javier Aguilar Cazorla, y domicilio calle Monsalves 15 J de Sevilla y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 14 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Alfredo Fernández Rienda.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.