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Procédure collective

JETSOLUTIONS SOLUCIONES INFORMATICAS SL

CIF B81260259Voir la fiche société

Publications
214/10/201723/12/2020
Procédure
864/2017
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridOrdonnance 17/12/2020

    EDICTO D./Dña. Verónica Calvo Moreno Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid. En el procedimiento arriba indicado se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de Jet Solutions Solucines Informáticas, S.L., con CIF n.º B81260259 y con domicilio Calle Invierno, n.º 17 Torrejón de Ardoz (Madrid). La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art 481 TRLC, ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 17 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Verónica Calvo Moreno.

  2. Otro acto concursal14/10/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de MadridProc. 864/2017Ordonnance 06/10/2017

    EDICTO Dª Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 864/2017, por auto de 6 de octubre de 2017 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Jetsolutions Soluciones Informaticas, S.L., CIF nº B-81260259, con domicilio en Polígono Industrial Las Monjas, Calle Invierno, nº 17, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 LC. Los datos de la administración concursal son los siguientes: Roda Gestión Concursal, SLP, con despacho profesional en calle Padre Santaella, nº 3, 3º, 24402 Ponferrada (León), teléfono 630902160, dirección electrónica [email protected] fax 987409076 La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 6 de octubre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 8 de Madrid.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.