Procédure collective
JEWEL-AUTO SL
CIF B73106726Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 08/02/2010 → 04/01/2017
- Procédure
- 12/2016 · 352/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil Núm. 2 de Murcia Anuncia 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso04/01/2017⚖️ MURCIAProc. 12/2016Ordonnance 13/12/2016
Edicto Doña Angela Quesada Martos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número dos de Murcia, Hago saber: Que en el procedimiento número 352 /2009 seguido en este Juzgado, por Auto de fecha 13/12/2016 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor Jewel Auto, S.L., con CIF B-73106726 al no existir bienes y derechos suficientes para liquidar y abonar los créditos contra la masa. Murcia, 13 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal30/03/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil Núm. 2 de Murcia Anuncia 1Proc. 352/2009Ordonnance 08/03/2011
Edicto Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil Núm. 2 de Murcia Anuncia 1.-Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 352/2009 referente al concursado Jewel Auto, S.L., con CIF b-73106726, se ha puesto de manifiesto en la Secretaria del Juzgado el día 07/03/11 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal. 2.-El deudor y los acreedores pueden formular observaciones y modificaciones al mismo en el plazo de quince días, computados para las partes personadas desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el Plan y para los interesados no personados desde la publicación en el BOE del presente edicto. Murcia, 8 de marzo de 2011.- La Secretaria judicial.
- Apertura de liquidación05/03/2011⚖️ MURCIAOrdonnance 17/01/2011
Edicto Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000352 /2009, referente al concursado Jewel Auto, S.L., con CIF B-73106726, por auto de fecha 17 de enero de 2011 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se hace saber a los interesados que en el plazo de diez días a partir de la publicación del presente, podrán personarse y ser parte en la Sección 6.ª de este concurso alegando por escrito cuanto consideren relevante para la calificación del concurso como culpable. Murcia, 17 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal08/02/2010⚖️ MURCIAOrdonnance 01/02/2010
Edicto. Don Alfonso Carlos Aliaga Casanova, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número dos de Murcia, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Hace saber: 1.º Que en el procedimiento número 352 /2009, por auto de fecha 25/01/10 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Jewel Auto, S.L., con CIF B-73106726, cuyo domicilio y centro de principales intereses lo tiene en Polígono S. Martín, C/ Castillo de Cieza, módulo 8, Lorquí, 30564 Murcia. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4.º Que en el presente procedimiento se ha designado como Administrador Concursal a José Ángel Merenciano Serrano, de profesión Titulado Mercantil, con D.N.I. 33498903-R, con domicilio en C/ Ronda Sur, 32, 30012 Murcia, teléfono 609849011 y fax 966655773. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Murcia, 1 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.