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Procédure collective

JIMENEZ SABIO S.L.

CIF B18215210Voir la fiche société

Publications
221/11/201219/02/2025
Procédure
626/2012
Tribunal
Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso19/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 626/2012Ordonnance 11/09/2024

    Auto de conclusión de concurso

  2. Declaración de concurso21/11/2012
    ⚖️ GRANADAProc. 626/2012Ordonnance 11/10/2012

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento ordinario número 626/2012, con NIG 1808742M20120000636, por auto de 11 de octubre de 2012 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Jiménez Sabio, S.L., con CIF n.º B-18215210, cuyo centro de intereses principales y domicilio lo tiene en Avda. Costa del Sol, Edf. San Antonio, bajos, 18690 Almuñécar (Granada). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la Ley Concursal. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Granada Concursal, S.L.P., habiendo designado a don Manuel Peña Zafra, abogado, como persona natural que le represente en el cargo, con domicilio postal C/ Gran Vía de Colón, n.º 10, 5.º B, 18010 de Granada, y dirección electrónica [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado. 5º.- En la dirección electrónica www.publicidadconcursal.es se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso. Granada, 6 de noviembre de 2012.- El Secretario.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.