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Procédure collective

JMX SYSTEMS 2016 SL

CIF B25818071Voir la fiche société

Publications
119/12/201919/12/2019
Procédure
632/2019
Administrateur judiciaire
JUAN TURMO MONTANUY

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso19/12/2019
    ⚖️ LLEIDAProc. 632/2019Ordonnance 22/11/2019

    Don Antoni Josep Casas Capdevila, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Lleida (mercantil) al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 632/2019 Sección: G NIG: 2512047120198029597 Fecha del auto de declaración. 22 de noviembre de 2019. Clase de concurso. Voluntario y abreviado. Entidad concursada. JMX SYSTEMS 2016, S.L., con B25818071. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: JUAN TURMO MONTANUY. Dirección postal: Calle Balmes, 5, 25006 – Lleida. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Edificio Canyeret, 3-5, planta 3 - Lleida. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Lleida, 2 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Antoni Josep Casas Capdevila.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.