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Procédure collective
JOANAVA 2001 SL
CIF B35658962Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 26/05/2012 → 14/09/2015
- Procédure
- 24/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso14/09/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 24/2012Ordonnance 31/07/2015
Edicto Don Eduardo Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 24/2012, seguido a instancias del Procurador/a D./D.ª EMMA CRESPO FERRANDIS, en nombre y representación de JOANAVA 2001, S.L., se ha dictado Auto el día 31 de julio de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil JOANAVA 2001, S.L., con CIF: B-35.658.962 por inexistencia de bienes (176 BIS LC) declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, acordando la extinción de la persona jurídica JOANAVA 2001, S.L., y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme. Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LEC). Notifíquese esta resolución al concursado mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y dése a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24. Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª Ilma. Doy fe. Lo manda y firma S.Sª. Doy fe.Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 1 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso01/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 24/2012Ordonnance 17/09/2012
Edicto. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, hace saber: Que en el procedimiento concursal número 24/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de "Joanava 2001, S.L.", y CIF n.º B-35.658.962, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 17 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso26/05/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 24/2012Ordonnance 08/05/2012
Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 24/2012, seguido a instancias de la Procuradora doña Emma Crespo Ferrandiz, en nombre y representación de "Joanava 2001, S.L.", se ha dictado Auto el día 8 de mayo de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de "Joanava 2001, S.L.", con CIF n.º B-35.658.962, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". Se designa como Administrador del concurso a don Miguel Cervera Cantón, como abogado, el cual ha designado como domicilio profesional c/ Fuente, 3, 35002, Las Palmas de G.C., con n.º de Tfno 928361636 y FAX 928366614, así como Dirección electrónica [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria judicial.-Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 15 de mayo de 2012.- Secretaria judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.