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Procédure collective
JOLLY ESTRUCTURAS SL
CIF B85025617Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 22/11/2012 → 05/03/2013
- Procédure
- 859/2011
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso05/03/2013⚖️ MADRIDProc. 859/2011Ordonnance 22/02/2013
Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la LC, anuncia: 1.º Que en el procedimiento concursal número 859/2011, por auto de 22/02/13 se ha acordado la conclusión del concurso necesario a la mercantil "Jolly Estructuras, S.L.". CIF B-85025617, con domicilio en C/ Camino del Puente Viejo, 47, Polígono Industrial Los Robles, 28500 Arganda del Rey. 2.º Se acuerda la Conclusión del Concurso por Insuficiencia de Masa Activa. Madrid, 22 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal22/11/2012⚖️ MADRIDProc. 859/2011Ordonnance 07/11/2012
Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.-Que en el procedimiento número 859/2011, por auto de fecha 7 de noviembre de 2012, se ha declarado en concurso necesario al deudor "Jolly Estructuras, S.L.", con CIF B-85025617. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Lugar para tal comunicación: 1. Por correo ordinario a la dirección: "Administración concursal del concurso de "Jolly Estructuras, S.L.", att. don Vicente Domínguez Casas, con domicilio profesional avenida Atenas, 9, local OF. 1, parque Oeste, Alcorcón (Madrid) 28922, e-mail:[email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". Para el caso que de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 7 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.