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Procédure collective
JOSEFER SOCIEDAD LIMITADA
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- Publications
- 2 — 31/03/2010 → 15/10/2010
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación15/10/2010⚖️ ALICANTEOrdonnance 20/09/2010
Don Jorge Cuéllar Oton, Secretario/a Judidial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, anuncia: Que en este Juzgado se tramita Concurso de Acreedores del deudor Josefer, S.L., inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, en el Tomo 1125 general, libro 489, de la Sección 2ª, folio 215, hoja nº 18.155, inscripción 1ª, con C.I.F. número B-03463056, con domicilio en Polígono Industrial Huertos Familiares,1, San Isidro (Alicante), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 20.09.10, acordando poner fin a la fase común y apertura de la fase de liquidación: Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 144, se expide el presente en Elche. Se acuerda poner fin a la fase común. Se decreta la apertura de la fase de liquidación Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. Procédase a la formación de la Sección Quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente; y Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. Elche, 20 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso31/03/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteOrdonnance 24/03/2010
Edicto. Don Jorge Cuéllar Oton, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000044/2010 habiéndose dictado con fecha 18.03.10 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Abreviado voluntario de acreedores de Josefer, SL, con domicilio en Polígono Industrial Huertos Familiares, 1San Isidro (Alicante) CIF n.º B-03463056, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, en el Tomo 1125 general, libro 489, de la Sección 2.ª, folio 215, hoja n.º 18.155, inscripción 1.ª, representada por el procurador don Luis Miguel Alacid Baño. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de la administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el Art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de quince días desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85, debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito así como copia de todo ello para constancia en autos. Elche, 24 de marzo de 2010.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.