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Procédure collective

JULIAN MARTIN SA

CIF A37051448Voir la fiche société

Publications
319/09/201711/12/2025
Procédure
0000717/2025 · 0000147/2024
Tribunal
PRIMERA INSTANCIA DE SALAMANCA Nº 004 · Primera instancia/Mercantil - 4

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal11/12/2025
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA DE SALAMANCA Nº 004Proc. 0000717/2025Juge : JAVIER IGLESIAS MARTINOrdonnance 05/12/2025

    AUTO DE HOMOLOGACION DEL PLAN DE REESTRUCTURACION

  2. Convenio de acreedores29/11/2024
    ⚖️ Primera instancia/Mercantil - 4Proc. 0000147/2024Juge : María Jesús Martín GarcíaOrdonnance 20/11/2024

    DESESTIMAR las demandas incidentales interpuestas de UNICAJA BANCO, CAIXABANK, BBVA y BANCO SABADEL, contra JULIAN MARTIN,S.A. en consecuencia, HOMOLOGAR JUDICIALMENTE el Plan de Reestructuración de JULIAN MARTIN S.A, en todos su extremos.

  3. Otro acto concursal19/09/2017
    ⚖️ SALAMANCAOrdonnance 24/07/2017

    Edicto suscrito por D. Javier Iglesias Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, a efectos de dar la oportuna publicidad a la homologación judicial de acuerdo de refinanciación que a continuación se reseña: Deudor: JULIÁN MARTÍN S.A. con domicilio en carretera de Campillo n.º 44 de Guijuelo (Salamanca), y titular del C.I.F. número A-37051448. Juzgado competente: Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca. Procedimiento judicial: Procedimiento n.º Autos V00 219/17. Fecha de homologación: 24 de julio de 2017. Fecha del acuerdo de refinanciación: 28 de marzo de 2017. Todo lo cual se comunica a los efectos y con el alcance previsto en la disposición adicional cuarta LC, haciendo constar que el acuerdo de refinanciación aquí reseñado y cuya homologación se ha acordado está a disposición de los acreedores en el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, donde se depositó para su publicidad. Salamanca, 25 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.