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Procédure collective

JULIAN PARRA SL

CIF B50125350Voir la fiche société

Publications
314/12/201316/02/2017
Procédure
444/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza · Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso16/02/2017
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 444/2013Ordonnance 06/02/2017

    EDICTO Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal número 444/2013-B se ha dictado en fecha 6-2-2017 Auto de conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa del deudor Julián Parra, S.L., CIF B-50125350. Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno. Zaragoza, 6 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso22/03/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaProc. 444/2013Ordonnance 07/03/2014

    Edicto Doña M.ª Jesús López Marín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia: 1.- Que en la Sección I, Declaración de concurso 444/2013-B, referente al deudor Julián Parra, S.L., con CIF B50125350, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). 4.- La Administración concursal: T.H. Auditores, S.L.P., calle Alfonso X El Sabio, n.º 8, Edificio Perla, planta 1.ª, puerta C, de Zaragoza, teléfono 976.25.86.55. [email protected]. Zaragoza, 7 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso14/12/2013
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaProc. 444/2013Ordonnance 27/11/2013

    D.ª M.ª Jesús López Marín, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 444/2013-B y NIG 50297 47 1 2013 0000976, se ha dictado en fecha 21-11-2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario y Abreviado del deudor Julián Parra, S.L., con CIF B-50125350, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Mercazaragoza, puestos 60-62, de Zaragoza. 2°.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a T.H. Auditores, S.L.P., con domicilio postal en calle Alfonso X El Sabio, Edificio Perla, planta 1.ª, puerta C, de Zaragoza, teléfono 976.25.86.55 y dirección electrónica señalada: [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3°.- Se ha solicitado la liquidación de la sociedad Julián Parra, S.L. declarándose disuelta, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4°.- Se ha acordado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 5°.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 6°.- No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. Zaragoza, 27 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.