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Procédure collective

JULITEX SL

CIF B35797018Voir la fiche société →

Publications
5 — 21/03/2019 → 24/07/2019
Procédure
1583/2018
Tribunal
MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal24/07/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1583/2018Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 15/07/2019

    Presentado informe de la administración concursal. Da traslado del mismo junto con el inventario de bienes y derechos y lista de acreedores

  2. Otro acto concursal23/05/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 1583/2018Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 04/03/2019

    Resolución sobre las facultades de administración

  3. Otro acto concursal23/05/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 1583/2018Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 04/03/2019

    Nombramiento de Administrador concursal

  4. Declaración de concurso23/05/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 1583/2018Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 04/03/2019

    Auto de declaración de concurso

  5. Otro acto concursal21/03/2019
    ⚖️ MADRIDProc. 1583/2018Ordonnance 04/03/2019

    Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario 1583/2018, con número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0175755, por auto de fecha 4 de marzo de 2019, se ha declarado en concurso voluntario a Julitex, S.L., con número de identificación B35797018. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es Data Concursal, S.L.P., con domicilio postal en calle Génova número 15, 1.º derecha y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 18 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Pousa Blasco.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.