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Procédure collective

JUMIJAEN SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B23263528Voir la fiche société

Publications
810/06/202023/03/2021
Procédure
403/2020
Tribunal
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN · PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 403/2020Juge : MARIA TERESA TRINIDAD SANTOSOrdonnance 09/09/2021

    Se declara concluso el concurso por finalización de la fase común e insuficiencia de la masa activa

  2. Otro acto concursal07/01/2021
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 403/2020Juge : ANTONIO CARLOS MARTINEZ-UCEDA CALATRAVAOrdonnance 07/01/2021

    El plan de liquidación de los bienes y derechos del deudor presentado por la administración concursal, quede de manifiesto en esta Oficina Judicial.

  3. Otro acto concursal17/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 403/2020Juge : CARMEN MONTANER ZUERASOrdonnance 27/10/2020

    NEGOCIACIONES PAR ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS

  4. Apertura de liquidación17/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 403/2020Juge : MARGARITA POVEDA BERNALOrdonnance 13/10/2020

    Dentro del plazo de DIEZ DÍAS, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

  5. Declaración de concurso17/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 403/2020Juge : Miguel Angel Chamorro GonzalezOrdonnance 13/10/2020

    No abrir la sección 5ª ante la inexistencia de bienes que liquidar. 2.- Ordeno la apertura de la Sección 6ª de calificación

  6. Apertura de liquidación14/11/2020
    ⚖️ JAÉNProc. 403/2020Ordonnance 06/11/2020

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 403/2020, con NIG 2305042120200007687 por auto de 13/10/20 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Jumijaén, S.L., con CIF n.º B23263528 y domicilio en Carretera de Fuerte del Rey Km 3,5 de Jaén. 2.º Se acuerda la apertura de la fase de liquidación. Se declara disuelta la sociedad concursada cesando en sus funciones los administradores que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte 3.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 4.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 256 y 257 TRLC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido: D. Cristóbal Delgado Martínez Domicilio: Calle Argüelles n.º 9, bajo, de Linares. Profesión: Abogado Correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal, tablòn de anuncios del Juzgado y Sede Judicial Electrónica de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512. TRLC). 6.º La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Jaén, 6 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Martín Cano.

  7. Declaración de concurso28/10/2020
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 403/2020Juge : ANTONIO CARLOS MARTINEZ-UCEDA CALATRAVAOrdonnance 13/10/2020

    La declaración de concurso voluntario de carácter abreviado de la entidad JUMIJAEN S.L

  8. Otro acto concursal10/06/2020
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE JAÉN Proc. 403/2020Juge : MARGARITA POVEDA BERNALOrdonnance 13/10/2020

    El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de QUINCE DÍAS, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.