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Procédure collective
KA CONTRACT DIVISION INDUSTRIAL SL
CIF B81735110Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 26/04/2012 → 23/11/2021
- Procédure
- 49/2012
- Tribunal
- MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso23/11/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 49/2012Juge : Jorge Montull UrquijoOrdonnance 11/11/2021
Declarar la conclusión del concurso
- Apertura de liquidación26/07/2014⚖️ MADRIDProc. 49/2012Ordonnance 27/06/2014
Edicto. Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la L.C., anuncia: Que en el procedimiento concursal número 49/2012 referente al concursado Ka Contract División Industrial, S.L.U., con C.I.F.: B-81735110 por auto de fecha 26 de junio del 2014 se ha acordado lo siguiente: 1º.- Cerrar la fase común y abrir la fase de liquidación del concurso. 2º.- la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC, que serán sustituidas por la Administración concursal. 3º.- se declara la disolución de la concursada. Madrid, 27 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal26/04/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 49/2012Ordonnance 28/03/2012
Edicto. D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 49/2012 se ha dictado auto por el Magistrado D. Antonio Pedreira González, de fecha 28 de Marzo de 2012, en el concurso voluntario ordinario al deudor KA CONTRACT DIVISIÓN INDUSTRIAL, S.L.U., con NIG 28079100006072012, CIF B-81735110. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal D. José Mariano Hernández Montes, con domicilio en calle Velázquez, n.º 94, 1.ª planta, CP 28006 Madrid, con correo electrónico [email protected]. No producirá efectos la comunicación de creditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el dia siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 28 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.