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Procédure collective

KADENA HOME DESIGN SL

CIF B97825392Voir la fiche société

Publications
507/03/201613/12/2021
Procédure
721/2014 · 000721/2014 · 01/2016
Tribunal
MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Castellón

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso13/12/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 721/2014Juge : MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYAOrdonnance 09/12/2021

    AUTO DE CONCLUSIÓN DE CONCURSO

  2. Otro acto concursal10/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000721/2014Juge : NO CONSTA NO CONSTAOrdonnance 01/12/2021

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  3. Otro acto concursal10/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000721/2014Juge : NO CONSTA NO CONSTAOrdonnance 01/12/2021

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  4. Conclusión del concurso10/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000721/2014Juge : NO CONSTA NO CONSTAOrdonnance 01/12/2021

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  5. Otro acto concursal07/03/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CastellónProc. 01/2016Ordonnance 18/02/2016

    EDICTO Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 12/01/2016, dictado en el procedimiento de CONCURSO ABREVIADO, n.º 000721/2014, NIG n.º 12040-66-2-2014-0000797, seguido en este Juzgado, se ha declarado en CONCURSO NECESARIO Y ORDINARIO al deudor "KADENA HOME DESIGN, S.L.", domiciliado en calle Cami Castello, 6, Pi El Colomer, Onda, y CIF número B97825392. Segundo: Que se ha determinado el régimen de SUSPENSIÓN de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador concursal a don LUIS MONTES REIG, con domicilio en calle Cirilo Amoros, 39, pta 5, 46004 Valencia y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, d conformidad con el articulo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Pública. Castellon, 18 de febrero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.