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Procédure collective
KAST INTERNATIONAL SPAIN SL
CIF B87789210Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 05/08/2020 → 10/12/2021
- Procédure
- 807/2020
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID · MERCANTIL - 13 · Juzgado de lo Mercantil 13 de Madrid Edicto Hace saber: 1
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal10/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID Proc. 807/2020Ordonnance 17/11/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso10/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID Proc. 807/2020Ordonnance 17/11/2021
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso19/11/2021⚖️ MERCANTIL - 13Proc. 807/2020Juge : BARBARA CORDOBA ARDAOOrdonnance 17/11/2021
Auto de conclusión termino liquidaciónb
- Otro acto concursal26/01/2021⚖️ MERCANTIL - 13Proc. 807/2020Juge : barbara cordoba ardaoOrdonnance 12/01/2021
aprueba el plan de liquidación
- Otro acto concursal05/08/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil 13 de Madrid Edicto Hace saber: 1Proc. 807/2020Ordonnance 31/07/2020
Juzgado de lo Mercantil 13 de Madrid Edicto Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 807/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0062558, por auto de fecha 29/07/2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a KAST INTERNATIONAL SPAIN, S.L., con n.º de identificación B87789210, y domiciliado en Paseo de la Castellana, n.º 141, piso/prta: 5-D, C.P.: 28032 Madrid (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es NOMBRAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL. Se nombra administrador concursal a D. EDUARDO MOVILLA. con domicilio profesional en calle Núñez de Balboa, 30, 5.º D, 28001 Madrid y correo electrónico [email protected] para presentación de créditos., ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. Madrid, 31 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Isabel Carro Rodríguez.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.