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Procédure collective

KEY VELEZ MALAGA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B04409249Voir la fiche société

Publications
312/06/201425/06/2019
Procédure
156/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Almería

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso25/06/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de AlmeríaProc. 156/2014Ordonnance 19/06/2019

    El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Almería, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 156/2014 referente al concursado Key Velez Malaga, S.L. con C.I.F. B04409249 y domicilio en Avda. Ciudad de Valencia, 19, Bajo de Vera (Almería), se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso de fecha 19 de junio de 2019 en cuya parte dispositiva se dispone: - La conclusión del presente procedimiento concursal. - Declarar aprobada la rendición de cuentas final de la Administración Concursal. - La publicación de dicha resolución en el Boe, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. - La cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes. - La extinción de Key Velez Malaga, S.L. AlmerIa, 14 de junio de 2019.- La Letrado de la Administracion de Justicia, Mari Ángeles Bussini Ruiz.

  2. Otro acto concursal05/08/2014
    ⚖️ ALMERÍAProc. 156/2014Ordonnance 11/07/2014

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Almería (antiguo instancia número 7), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento concursal número 156/2014, referente al deudor Key Vélez Málaga, S.L., con C.I.F. n.º B-04409249, y domicilio sito en Avda. Ciudad de Valencia, n.º 19, bajo, de Vera (Almería), se ha presentado el informe de la Administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el Inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa. 2.º Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la resolución que acuerda la presentación del informe. Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la última publicación de este edicto, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano, presentando las impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.º Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Almería, 11 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal12/06/2014
    ⚖️ ALMERÍAProc. 156/2014Ordonnance 29/04/2014

    El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 156/2014, con NIG 0401342M20140000160 por Auto de 29 de abril de 2014, se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Key Vélez Málaga, S.L., con CIF B-04409249, con domicilio en Avda. Ciudad de Valencia, n.º 19, bajo, de Vera (Almería) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido Econolegal Abogados y Economistas, S.L.P. con CIF B-65919946 en la persona de su Administrador D. Carlos Álvarez Fernández con NIF 35.023.003-Y, designando como dirección postal Avda. Carlos III, n.º 418 - 1.º F, CP 04720 de Aguadulce - Roquetas de Mar (Almería), número de teléfono 902-90.06.65, así como dirección electrónica [email protected], en las que efectuar las comunicaciones de los créditos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.184.3 LC). En Almería, 2 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.