Procédure collective
KING SIZE SL
CIF B59806414Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 22/09/2014 → 31/01/2017
- Procédure
- 520/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso31/01/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 520/2011Ordonnance 12/12/2016
Edicto dando publicidad al archivo de concurso Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Admón. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 520/2011, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad KING SIZE, S.L., con CIF núm. B59806414 y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso necesario 520/2011. Sección C4. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2011-8003311. Entidad concursada.- King Size, S.L., con CIF n.º B59806414. Tipo de concurso.- Necesario. Fecha del Auto de Conclusión.- 12/12/2016. Barcelona, 12 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Admón. de Justicia sust.
- Declaración de concurso22/09/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 520/2011Ordonnance 28/07/2014
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña María Aranzazu Alameda López, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 520/2011, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad KING SIZE, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso necesario 520/2011, Sección C4. NIG del procedimiento.- 0801947120118003311. Entidad concursada.- KING SIZE, S.L., con CIF n° B59806414. Tipo de concurso.- Necesario. Fecha del auto de declaración.-. 26/06/2014. Administradores concursal/les.- D. Jordi Gras Sagrera, con domicilio en Barcelona, Av. Sarria, 102-106, 08017, teléfono 933663700 y correo electrónico [email protected]. Facultades del concursado.- Suspendidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos acuerdos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 28 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.