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Procédure collective

Kirstad S.A.

CIF A58459090Voir la fiche société

Actif 18.431.629 €
Publications
716/04/201913/02/2024
Procédure
375/2018
Tribunal
Mercantil - 4 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONA

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso13/02/2024
    ⚖️ Mercantil - 4Proc. 375/2018Juge : Alfonso Merino RebolloOrdonnance 06/02/2024

    Se acuerda la conclusión del concurso de acreedores por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa. Se acuerda también la extinción de la sociedad concursada.

  2. Otro acto concursal02/11/2023
    ⚖️ Mercantil - 4Proc. 375/2018Juge : Alfonso Merino RebolloOrdonnance 27/10/2023

    Se ha presentado informe final de rendición de cuentas, informe final de liquidacion y solicitud de conclusión. Se otorga plazo de 15 dias para formular oposición.

  3. Otro acto concursal05/10/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 375/2018Juge : Bendición Pavón RamírezOrdonnance 31/07/2020

    Ver edicto adjunto

  4. Apertura de liquidación05/10/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 375/2018Juge : Miguel Ángel Chamorro GonzálezOrdonnance 31/07/2020

    1. Debo declarar y declaro a MARYORY ALVARADO CEBALLOS, con DNI número 49.329.343-R, en situación de concurso consecutivo con todos los efectos legales inherentes a tal declaración y, en concreto, declaro y acuerdo:

  5. Otro acto concursal20/10/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 375/2018Juge : Alfonso Merino RebolloOrdonnance 18/10/2021

    Se acuerda la aprobación del plan de liquidación al que debe de atenerse la administración concursal con las presentes modificaciones indicadas anteriormente junto con las modificaciones que la AC ha mostrado su aquiescència (...)

  6. Otro acto concursal29/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 375/2018Juge : MOISES GUILLAMÓN RUIZOrdonnance 18/10/2021

    AUTO DECLARACION CONCURSO,CONCLUSION Y ARCHIVO

  7. Declaración de concurso16/04/2019
    ⚖️ BARCELONAProc. 375/2018Ordonnance 01/02/2019

    María del Carmen Fernández Hidalgo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 4 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso ordinario 375/2018 Sección: O. NIG: 0801947120188000317. Fecha del auto de declaración. 1 de febrero de 2019. Clase de concurso. Voluntario ordinario. Entidad concursada. KIRSTAD, S.A., con CIF A58459090 y domicilio sito en el Masnou, calle Mestres Villà números 39-41, Bajos segunda. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a RCD Concursal S.L.P., quien designa a Jordi Albiol Plans. Dirección postal en calle Escoles pies número 102. 08017 Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunciar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónicas antes señalas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconomiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de 1 mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111. Edificio C, Planta 12. Barcelona. Forma de personación: Los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación concursal a los órganos mercantiles. Dirección electrónica del registro público concursal, donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 4 de febrero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María del Carmen Fernández Hidalgo.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.