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Procédure collective

KONETSU SL

CIF B63009914Voir la fiche société

Publications
112/07/201212/07/2012
Procédure
385/2012

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso12/07/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 385/2012Ordonnance 05/06/2012

    Doña María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13 de Barcelona. Número de asunto: Concurso voluntario número 385/2012-RB. Tipo de concurso: Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y NIF: Konetsu, S.L., CIF B63009914, con domicilio en Sant Feliu de Llobregat, polígono Industrial Armenteres, Riera Pahissa, número 14-16 (Barcelona). Fecha del auto de declaración: 5 de junio de 2012. Administradores concursales.- Don Jorge Guillermo Colás Olivares, con domicilio en calle Bruc, número 19, de Sant Celoni (Barcelona) y teléfono 93 867 42 08 y en calidad de Economista y dirección electrónica: [email protected] Facultades del concursado: Suspendidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio, y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 5 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.