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Procédure collective

LA COMIDA DEL PASCUALILLO SL

CIF B99017196Voir la fiche société

Publications
629/10/202007/05/2021
Procédure
361/2020
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal07/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA Proc. 361/2020Juge : María Cristina Valero DoménechOrdonnance 31/03/2021

    Por el Administrador Concursal se ha aportado los textos definitivos.

  2. Otro acto concursal07/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA Proc. 361/2020Juge : María Cristina Valero DoménechOrdonnance 31/03/2021

    Textos definitivos presentados por el Administrador Concursal

  3. Conclusión del concurso07/04/2021
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 361/2020Ordonnance 31/03/2021

    Edicto. D.ª Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia: Primero. - Que en el procedimiento concursal número 361/2020-G, se ha dictado Auto de fecha 31-3-2021, declarando la conclusión del concurso de deudor La Comida del Pascualillo, S.L., con CIF B99017196. Segundo. - Se ha acordado el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, así como el cese del Administrador concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Contra dicho Auto, no cabe recurso. Zaragoza, 31 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Tomasa Hernández Martín.

  4. Otro acto concursal18/01/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA Proc. 361/2020Juge : cecilia fernandez prietoOrdonnance 09/12/2020

    declaración concurso

  5. Otro acto concursal28/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaProc. 361/2020Ordonnance 09/12/2020

    EDICTO DECLARACION CONCURSO Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente, Hago saber: 1.- Se ha declarado concurso que se sigue con el n.º 361/2020-G, y N.I.G. 5029747120200000717 2.- Deudor en concurso: La Comida del Pascualillo Sociedad Limitada CIF B99017196, con domicilio en Libertad número 5, bajo, Zaragoza. 3.- Carácter del concurso: Voluntario y abreviado. 4.- Fecha de declaración y apertura liquidación: 9 de diciembre de 2020. 5.- Se ha declarado disuelta la mercantil concursada. 6.- Facultades de administración: suspendidas 7.- Administración Concursal: Aliquota Abogados y Economistas, S.L.P., CIF B99444762. Domicilio postal: Paseo Independencia número 8, 7º C de Zaragoza. Dirección electrónica: [email protected] Teléfono: 876030252. 8.- Plazo de comunicación de créditos: un mes, directamente a la Administración Concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior. No se admitirán comunicaciones de crédito en el Juzgado. 9.- Personación: por medio de Abogado y Procurador. Sistema de Gestión Procesal de la Comunidad Autónoma de Aragón: Avantius. Para darse de alta, consultar en el siguiente enlace: http://www.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/Departamentos/Presidencia/AreasTematicas/AJ_Administracion_Justicia_NUEVO/AreasTematicas/07_sede_electronica_judicial/ci.01_portal_servicios_profesional.detalleDepartamento Teléfono de Atención al Profesional: 976 20 88 77. Horario de Atención: 9h a 17h 30m. Email de Atención al Profesional: [email protected] 10.- Dirección del Registro Público Concursal donde se insertarán las resoluciones objeto de publicidad: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Zaragoza, 22 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Victoria Buil Torralba.

  6. Conclusión del concurso29/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ZARAGOZA Proc. 361/2020Juge : FATIMA DURAN HINCHADOOrdonnance 31/03/2021

    DECRETADA CONCLUSION Y ARCHIVO DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.