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Procédure collective

LA LLAR DEL FERRO SL

CIF B12573622Voir la fiche société

Publications
529/01/201401/03/2022
Procédure
000631/2013 · 631/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de Castellón

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal01/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000631/2013Juge : OLGA AHEDO PEÑAOrdonnance 17/11/2020

    Edicto por el cual se notifica la presentación por parte del AC del informe y el plan de liquidación.

  2. Otro acto concursal19/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000631/2013Juge : AMPARO SALOM LUCASOrdonnance 17/11/2020

    TEXTOS DEFINITIVOS ART. 303 TRLC

  3. Conclusión del concurso19/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000631/2013Juge : Bárbara Córdoba ArdaoOrdonnance 17/11/2020

    Edicto auto declaración y conclusión concurso

  4. Declaración de concurso09/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de CastellónProc. 631/2013Ordonnance 17/11/2020

    Doña Mª de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 35, 553 y 554 TRLC, Hago saber: PRIMERO: Que por Auto de fecha 17 de noviembre 2020, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA] n°631/2013, N.I.G. n° 12040-66-2-2013-0000701, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del concurso voluntario y abreviado que se ha seguido frente al deudor La Llar del Ferro, S.L., domiciliado en plaza Río Albentosa 4, 6º C CS y C.I.F./D.N.I. número B12573622. SEGUNDO: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta: Parte Dispositiva: 1.- Se declara la Conclusión del presente concurso de La Llar del Ferro, S.L., seguido bajo el número concurso abreviado [CNA] 631/2013-I, y el archivo de las presentes actuaciones con todos los efectos que son legal y necesaria consecuencia de ello. 2.- Declarar Aprobadas las cuentas rendidas por la Administración concursal así como el cese en su cargo del Administrador concursal. 3.- En particular, acordar la extinción de la entidad La Llar del Ferro, S.L., disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos correspondientes. 4.- El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 35 del TRLC y se dará al mismo la publicidad prevista en los artículos 36 y 482 del propio TRLC. 5.- A efectos de la cancelación de la inscripción, expídanse oportunos mandamientos conteniendo testimonio de la resolución firme (artículo 485 del TRLC) a los registros públicos que correspondan. 6.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio en las actuaciones sección primera del concurso. 7.- Notífiquese el presente auto a la Administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso. Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 481.1 del TRLC). Magistrado Letrado de la Administración de Justicia. Castellón de la Plana, 17 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Mª de las Mercedes Checa Moya.

  5. Otro acto concursal29/01/2014
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 631/2013Ordonnance 02/12/2013

    Don Jorge González Rodríguez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 2 de diciembre de 2013, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 631/2013, N.I.G. n.° 12040-66-2-2013-0000701, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor "La Llar del Ferro, S.L.", domiciliado en plaza Río Albentosa, número 4, 6.º C, CS y C.I.F./D.N.I. número B12573622. Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administradora Concursal a doña Beatriz Gargori Rubert, con domicilio en C/ Mayor, n.º 2, 4.º-A, Castellón, y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 10 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.