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Procédure collective
LA PALOMA TORCAZ SL
CIF B82955048Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 29/09/2020 → 30/09/2020
- Procédure
- 1025/2020
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID · MERCANTIL - 5 · Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso30/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 1025/2020Juge : PEDRO MARQUEZ RUBIOOrdonnance 21/09/2020
PROVIDENCIA MAGISTRADO QUE LA DICTA: D. PEDRO MARQUEZ RUBIO Lugar: Sevilla Fecha: veintiséis de febrero de dos mil veinte. 1.- El anterior escrito de la administración concursal, y su anexo identificativo de errores cometidos en el informe
- Conclusión del concurso29/09/2020⚖️ MERCANTIL - 5Proc. 1025/2020Juge : TEODORO LADRON RODAOrdonnance 21/09/2020
Supera los 250 caracteres. Se adjunta auto tras el edicto
- Conclusión del concurso29/09/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 5 de MadridProc. 1025/2020Ordonnance 21/09/2020
Doña Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid, hace saber en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, Hace saber: 1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 1025/2020 La Paloma Torcaz, S.L., con CIF B-82955048 por auto de fecha 21 de septiembre de 2020 se ha decretado la declaración y conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa art 465 TRLC. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 485, declarar su extinción. Madrid, 24 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.