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Procédure collective
LABOLUZ XXI SL EN LIQUIDACION
CIF B11732666Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 12/08/2010 → 10/05/2023
- Procédure
- 621/2010
- Tribunal
- Mercantil - 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso10/05/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 621/2010Juge : ANA MARÍN HERREROOrdonnance 28/03/2023
CONCLUSIÓN
- Conclusión del concurso08/05/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 621/2010Juge : ANA MARÍN HERREROOrdonnance 28/03/2023
CONCLUSIÓN
- Otro acto concursal12/08/2010⚖️ CÁDIZProc. 621/2010Ordonnance 29/07/2010
Edicto D.ª Nuria Auxiliadora Orellana Cano, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 621/2010, por auto de veintisiete de julio de dos mi diez se ha declarado en concurso voluntario al deudor Laboluz XXI, S.L., con C.I.F. nº B-11.732.666 y domicilio en Polígono industrial Nave Estrella núm. 20 a 25, Jerez de la Frontera (Cádiz). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 29 de julio de 2010.- Magistrada-Juez.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.