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Procédure collective

LABOR URBANA SL

CIF B53699369Voir la fiche société

Publications
422/12/201103/04/2013
Procédure
03/2013

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso03/04/2013
    ⚖️ ALICANTEProc. 03/2013Ordonnance 08/03/2013

    Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil, número 1 de Alicante, Por el presente, anuncio: Que en el concurso abreviado n.º 820/11, seguido en este Órgano Judicial, a instancia del Procurador Sr. Dabrowski Pernas en nombre de la mercantil Labor Urbana, S.L., se ha dictado auto de conclusión del concurso por inexistencia de bienes en fecha 8/03/2013, que es firme y, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Labor Urbana, S.L., el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 3.- Se acuerda la extinción de Labor Urbana, S.L., con C.I.F. número B-53699369, con domicilio en Calle Reyes Católicos nº 65, bajo, San Vicente del Raspeig (Alicante), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2.575, folio 121, Sección 8.ª, hoja A-72.417, inscripción 1.ª, decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 4.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 4/02/2013. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC, publicándose en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE de forma gratuita en tanto no se cree el Registro Público Concursal. Modo de impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso. Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Rafael Fuentes Devesa, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. Firma del Magistrado-Juez, firma del Secretario Alicante, 8 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Apertura de liquidación29/03/2012
    ⚖️ ALICANTEOrdonnance 13/03/2012

    Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el proceso concursal número 820/11-C se dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de La Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de apertura de fase de liquidación: Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, Calle Pardo Gimeno, 43 - Alicante. Número de asunto: 820/11-C. Tipo de Concurso: Voluntario Abreviado. Concursado: Labor Urbana, S.L., con CIF: B-53699369 y domicilio en San Vicente del Raspeig 03690 (Alicante), calle Reyes Católicos, número 65 bajo. Representación: Daniel J. Dabrowski Pernas y Asistencia Técnica: Olga Maestre Martínez. Fecha del Auto de apertura fase de liquidación y disolución de la mercantil: 13 de marzo de 2012. Facultades del concurso: Se acuerda suspensión de facultades de administración y disposición. Alicante, 13 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal23/02/2012
    ⚖️ ALICANTEOrdonnance 02/02/2012

    Doña Cristina Cifo González, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 000820/2011, referente al deudor Labor Urbana, S.L., con CIF número B53699369, y domicilio en San Vicente del Raspeig (Alicante), C/ Reyes Católicos, 65, bajo, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias a su consta. 2.- Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en un diario de mayor difusión de la provincia, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Alicante, 2 de febrero de 2012.- El secretario judicial.

  4. Declaración de concurso22/12/2011
    ⚖️ ALICANTEOrdonnance 17/11/2011

    Doña Cristina Cifo González, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Alicante, dictó de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de la declaración de concurso dictado por este juzgado. Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número 1 de alicante, calle Pardo Gimeno, 43. Número de asunto: 820/11. Tipo de concurso: Voluntario Abreviado. Entidad Instante del Concurso: Labor Urbana, S.L. Concursado: Labor Urbana, S.L.. con C.I.F:B-53699369 y domicilio en San Vicente del Raspeig 03690 (Alicante), calle Reyes Católicos, número 65, bajo. Representación: Daniel J. Dabrowski Pernas y Asistencia Técnica: Olga Maestre Martínez. Fecha de presentación de la Solicitud: 17 de noviembre de 2011. Fecha del Auto de declaración: 29 de noviembre de 2011. Administrador Concursal: Don José Luis López Gómez, con domicilio profesional en calle Conrado del Campo, número 65, entresuelo, 03204 Elche, teléfono 966 65 50 52, teléfono móvil 699 47 48 45, fax 96 665 57 73 y correo electrónico a los efectos de notificaciones la siguiente: [email protected] Facultades del concurso: El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio. Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal. Forma de personación: Por medio de abogado y procurador ante este juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la secretaría del Juzgado para su examen por lo interesados en horas de audiencia. Alicante, 12 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.