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Procédure collective
LAMIPE, SOCIEDAD LIMITADA
CIF B13197322Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 19/09/2014 → 23/01/2023
- Procédure
- 255/2014
- Tribunal
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL · JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INTRUCCIÓN Y DE LO MERCANTIL DE CIUDAD REAL
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal23/01/2023⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 255/2014Juge : María Isabel López MontañezOrdonnance 11/07/2022
auto declaración concurso y apertura fase liquidación .
- Otro acto concursal16/01/2023⚖️ JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INTRUCCIÓN Y DE LO MERCANTIL DE CIUDAD REAL Proc. 255/2014Juge : JAIME MOURENZA ARRIOLAOrdonnance 21/03/2022
Declaración de concurso y apertura de fase de liquidación
- Otro acto concursal21/10/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 255/2014Juge : D. PEDRO MARQUEZ RUBIOOrdonnance 11/07/2022
Modificación plan liquidación
- Conclusión del concurso21/10/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 255/2014Juge : OLGA AHEDO PEÑAOrdonnance 11/07/2022
CONCLUSION CONCURSO
- Declaración de concurso19/09/2014⚖️ CIUDAD REALProc. 255/2014Ordonnance 12/09/2014
D.ª María Pilar Moreno Arenas, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 255/2014 y NIG nº 13034 41 1 2014 0015725, se ha dictado en fecha 12 de septiembre de 2014, auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor "Lamipe, S.L.U.", con CIF B-13197322, domicilio en calle Tempranillo, n.º 2, Polígono Industrial Alces, 1.ª fase, de Alcázar de San Juan. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal, designándose a este efecto al Letrado de Ciudad Real, D. Manuel Corral Vinuesa, con domicilio en Avenida Rey Santo, n.º 8, 4º-A, de Ciudad Real, y correo electrónico: [email protected], direcciones señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Ciudad Real, 12 de septiembre de 2014.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.