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Procédure collective
LARRASKI SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95402673Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 21/12/2011 → 14/05/2019
- Procédure
- 870/2011
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal14/05/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 870/2011Ordonnance 01/12/2017
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal13/10/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BilbaoProc. 870/2011Ordonnance 01/12/2017
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 870/2011 en el que figura como concursada LARRASKI, S.L., CIF B95402673, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 1 de diciembre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.
- Otro acto concursal30/07/2013⚖️ BILBAOProc. 870/2011Ordonnance 10/07/2013
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, (Bizkaia), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 870/2011, referente al concursado Larraski Sociedad Limitada, con Cif número B95402673, por auto de fecha 10/07/2013, se ha acordado la formación de la Sección Sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao (Bizkaia), 10 de julio de 2013.- La Secretario judicial.
- Apertura de liquidación18/12/2012⚖️ BILBAOProc. 870/2011Ordonnance 28/11/2012
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), anuncia: Que en el procedimiento concursal número 870/2011 referente al concursado "Larraski sociedad limitada", con CIF B95402673, por auto de fecha 28/11/2012 se ha acordado lo sigueinte: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado sisuelta la Mercantil "Larraski, Sociedad Limitada," cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituídos por la administración concursal. Bilbao (Bizkaia), 28 de noviembre de 2012.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal21/12/2011⚖️ BILBAOProc. 870/2011Ordonnance 02/12/2011
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, Bizkaia, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la ley concursal, anuncia: 1º-) Que en el procedimiento número 870/2011, por auto de 2 de diciembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Larraski sociedad limitada", con nif B95402673, con domicilio en carretera Errekalde-larraskitu número 35 lonja trasera, 48002 Bilbao, Bizkaia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao, Bizkaia. 2º-) Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º-) Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la ley concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º-) Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado, artículo 184 párrafo 3º de la ley concursal. Bilbao, 2 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.