Procédure collective
LEIHOBLOCK SL
CIF B20946448Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 08/05/2010 → 30/10/2010
- Procédure
- 213/2010
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación30/10/2010⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 213/2010Ordonnance 05/10/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 213/2010, referente al concursado Lehioblock, S.L., con DNI B20946448, por auto de fecha 05 de Octubre de 2010 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil Lehioblock, S.L., cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuantos considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Donostia-San Sebastián, 6 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal08/05/2010⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 213/2010Ordonnance 12/04/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.-Que en el procedimiento número 213/2010, por auto de 12 de abril de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Lehioblock, Sociedad Limitada", con NIF B20946448, con domicilio en calle Pabellón Markulete, número 17, Arrasate, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Arrasate. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Donostia-San Sebastián, 12 de abril de 2010.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.