AccueilJusticeLENNOG SOLUCIONES INTEGRALES SL

Procédure collective

LENNOG SOLUCIONES INTEGRALES SL

CIF B87893483Voir la fiche société

Publications
524/10/201923/07/2024
Procédure
1071/2019
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID · Mercantil - 4

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal23/07/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 1071/2019Ordonnance 12/06/2024

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso23/07/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 1071/2019Ordonnance 12/06/2024

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso19/06/2024
    ⚖️ Mercantil - 4Proc. 1071/2019Juge : OLGA AHEDO PEÑAOrdonnance 12/06/2024

    SEGÚN EDICTO

  4. Otro acto concursal16/12/2019
    ⚖️ MADRIDProc. 1071/2019Ordonnance 01/07/2019

    Doña Maria Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil nº 4 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el Concurso Abreviado 1071/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0237594, por Auto de fecha 1 de julio de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a LENNOG SOLUCIONES INTEGRALES, S.L., con nº de identificación B 87893483, y domiciliado en la calle José Hierro nº 1 de Pinto, CP 28320 (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es don Antoni Segui Alcaraz, con NIF 52712814B y domicilio postal en la calle Velázquez nº 52 (CP 28001 Madrid), y dirección electrónica [email protected] ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de crédito de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 5 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.

  5. Otro acto concursal24/10/2019
    ⚖️ MADRIDProc. 1071/2019Ordonnance 01/07/2019

    Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 4 de Madrid, Hace saber: 1.-Que en el concurso abreviado 1071/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0237594, por auto de fecha 1 de julio de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a LENNOG SOLUCIONES INTEGRALES, S.L., con n.º de identificación B 87893483, y domiciliado en la Calle José Hierro, nº. 1, Pinto CP 28320 (Madrid). 2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 4.-La identidad de la Administración concursal es D. Antoni Seguí Alcaraz, con NIF 52.712.814 B, con domicilio postal en la Calle Velázquez, n.º 52, CP 28001, Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 5 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.