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Procédure collective

LEYENDA PERSONAL SL

CIF B83953331Voir la fiche société

Publications
728/12/202027/05/2024
Procédure
1539/2020
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · Mercantil - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE MADRID

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal27/05/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1539/2020Ordonnance 10/05/2024

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso27/05/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1539/2020Ordonnance 10/05/2024

    Auto de conclusión de concurso

  3. Conclusión del concurso20/05/2024
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 1539/2020Juge : EMILIO JOSE ZORNOZA ARANAOrdonnance 10/05/2024

    CONCLUSIÓN DE CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA

  4. Apertura de liquidación27/01/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1539/2020Juge : Jorge Montull UrquijoOrdonnance 18/01/2022

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  5. Otro acto concursal28/01/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 1539/2020Ordonnance 21/12/2020

    Nombramiento de Administrador concursal

  6. Declaración de concurso11/01/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1539/2020Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 22/12/2020

    AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO

  7. Otro acto concursal28/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE MADRIDProc. 1539/2020Ordonnance 22/12/2020

    EDICTO D. EMILIO JOSÉ ZORNOZA ARANA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE MADRID. Hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario 1539/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0172258, por auto de fecha 21/12/2020, se ha declarado en concurso voluntario, a LEYENDA PERSONAL, S.L., con n.º de identificación B-83953331 y domiciliado en calle Parque Ferial, n.º 31, C.P. 28923 Alcorcón (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado». 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración Concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es INSOLVENCY AND LEGAL, S.L.P., con domicilio postal en Paseo de la Castellana, n.º 122, 1.º dcha, C.P. 28046 Madrid y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 22 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.