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Procédure collective
LICERAS & CHINCHILLA SL EN LIQUIDACION
CIF B18505867Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 09/11/2013 → 28/11/2025
- Procédure
- 494/2013
- Tribunal
- MERCANTIL DE GRANADA Nº 001
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso28/11/2025⚖️ MERCANTIL DE GRANADA Nº 001Proc. 494/2013Juge : PIEDAD LLOR MADRIDOrdonnance 25/11/2025
Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Liceras y Chinchilla SL. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.
- Declaración de concurso09/11/2013⚖️ GRANADAProc. 494/2013Ordonnance 26/09/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 494/2013, por auto de fecha 26 de septiembre de 2013, se ha declarado en concurso voluntario a la entidad Liceras y Chinchilla, S.L., con CIF B18505867 y domicilio en C/ Ramón Guardiola, n.º 7, bajo, Granada, donde tiene su centro de principales intereses, abriéndose asimismo la fase de liquidación. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, a la siguiente dirección: D.ª Ana Alonso Montero, Administradora Concursal de Liceras y Chichilla, S.L., C/ Camino de Ronda, n.º 55, 9.ª planta, Granada. Dirección electrónica: [email protected]. La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Granada, 18 de octubre de 2013.- La Secretaria judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.