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Procédure collective
PROINCOSA TRES SL
CIF B58254285Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 22/05/2012 → 14/02/2023
- Procédure
- 201/2012
- Tribunal
- Mercantil - 5 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONA
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso14/02/2023⚖️ Mercantil - 5Proc. 201/2012Juge : ALFREDO VILLAESCUSA GARCIAOrdonnance 02/11/2022
Se acuerda la conclusión del concurso de la mercantil Proincosa Tres, S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso.
- Conclusión del concurso14/02/2023⚖️ Mercantil - 5Proc. 201/2012Juge : ALFREDO VILLAESCUSA GARCIAOrdonnance 02/11/2022
Se acuerda la conclusión del concurso de la mercantil Proincosa Tres, S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso.
- Conclusión del concurso08/02/2023⚖️ Mercantil - 5Proc. 201/2012Juge : ALFREDO VILLAESCUSA GARCIAOrdonnance 02/11/2022
Se acuerda la conclusión del concurso de la mercantil Proincosa Tres, S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso.
- Otro acto concursal28/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 201/2012Juge : MARCOS BERMUDEZOrdonnance 02/11/2022
AUTO DE DECLARACIÓN Y CONCLUSIÓN DE CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA
- Conclusión del concurso28/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 201/2012Juge : PEDRO MARQUEZ RUBIOOrdonnance 02/11/2022
VER ANEXO
- Declaración de concurso22/05/2012⚖️ BARCELONAProc. 201/2012Ordonnance 18/04/2012
Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111 edificio C, 12 planta. Número de asunto: Concurso voluntario 201/2012 4. Tipo de concurso: Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF: Proincosa Tres, Sociedad Limitada, CIF B-58.254.285. Fecha del auto de declaración: 18 de abril de 2012. Administradores concursales: Don Rafael de Gispert Pastor, con NIF 46.102.436V, domicilio en Barcelona, calle Muntaner, 292, principal, como Abogado, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 18 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.