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Procédure collective
Limitada", por auto de fech
CIF A28102010Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 21/08/2010 → 24/11/2010
- Procédure
- 1203/2009 · 72/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso24/11/2010⚖️ SANTANDERProc. 1203/2009Ordonnance 28/10/2010
El Juzgado de Primera Instancia número diez y Mercantil de Santander, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 1203/2009, referente al concursado "Recuperaciones Submarinas Mimar, Sociedad Limitada", por auto de fecha 28.10.2010 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la concursada "Recuperaciones Submarinas Mimar, Sociedad Limitada", cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal. 4.- Fórmese la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución, del auto de declaración del concurso y de la documentación presentada por el deudor. Hágase saber a los acreedores o a cualesquiera titulares de un interés legítimo que, dentro de los cinco días siguientes a la fijación del edicto, de conformidad con lo establecido anteriormente podrá personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Santander, 28 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.
- Convenio de acreedores21/08/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaProc. 72/2009Ordonnance 06/08/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, Anuncia: 1.-Que en el procedimiento concursal número 72/2009 referente al concursado Deican Estructuras, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 28-10-2010, a las 12.00 horas, en la Sala de Vistas del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia. 2.-Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC. 3.-Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC. Murcia, 6 de agosto de 2010.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.