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Procédure collective
VISTIENDO A CANDELA SRL
CIF B27757566Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 09/10/2012 → 02/10/2013
- Procédure
- 321/2012
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso02/10/2013⚖️ PONTEVEDRAProc. 321/2012Ordonnance 30/07/2013
Edicto. Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente, hago saber: Anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal número 321/2012 referente al deudor Vistiendo a Candela, Sociedad Limitada Unipersonal, con código de identificación fiscal B-27.757.566, por auto de fecha 30 de julio de 2013 se ha acordado lo siguiente: 1.- Decretar la conclusión del concurso por carencia de bienes del deudor. 2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3.- Se acuerda la extinción de la entidad mercantil y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes. Vigo, 12 de septiembre de 2013.- Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal27/12/2012⚖️ PONTEVEDRAProc. 321/2012Ordonnance 09/11/2012
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número tres de Pontevedra con Sede en Vigo, hago saber: Anuncia Que en la Sección V Declaración Concurso 321/2012, referente al concursado Vistiendo A Candela, Sociedad Limitada Unipersonal, con Código de Identificación Fiscal número B-27.757.566 por auto de fecha 9 de noviembre de 2012, se ha acordado lo siguiente: Primero.- Aprobar el plan de liquidación presentado por la concursada. Segundo.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Vigo, 9 de noviembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso09/10/2012⚖️ PONTEVEDRAProc. 321/2012Ordonnance 25/09/2012
EDICTO Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con Sede en Vigo, Hhago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 321/2012, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 25 de septiembre de 2012 Auto acordando lo siguiente: Primero.- Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora Vistiendo A Candela, Sociedad Limitada Unipersonal, con Código de Identificación Fiscal B-27.757.566, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Tomo 3707, Folio 160, inscripción primera con hoja PO-51251 con domicilio social en Plaza de la Constitución, número 9, Vigo (36201). Segundo.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora. Tercero.- La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal. Cuarto.- Se declara disuelta la entidad Vistiendo A Candela, Sociedad Limitada Unipersonal. Quinto.- El administrador concursal designado es el Economista Manuel Paramo Pérez, con Documento Nacional de Identidad 36.043.258-G, con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en la Calle López de Neira, número 8 - 1.º Vigo, Código Postal 36202, y correo electrónico [email protected]. Sexto.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración Concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito. Séptimo.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 25 de septiembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.